VII convocatoria de Ayudas LEADER para la Comarca de Olivenza
Finalidad
El Grupo de Acción Local ADERCO abre 2 lineas de ayudas LEADER destinadas a incentivar proyectos productivos relacionados con:
- Inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas.
- Inversiones en la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales.
Destinatarios
Serán beneficiarios de estas ayudas:
1. La trasformación y comercialización de productos agrícolas:
- Personas físicas, jurídicas o sus agrupaciones.
2. Creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en el medio rural:
- Personas físicas o jurídicas.
- Agricultores o miembros de una unidad familiar de una explotación agrícola.
- Jóvenes agricultores.
- Comunidades de Bienes u otras entidades de tipo comunal.
Alcance
1. LA TRANSFORMACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS
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Si el resultado del proceso es un producto no contemplado en el anexo I del Tratado, la ayuda máxima será del 65 % de la inversión y con el límite máximo de 180.000,00 € y tendrán consideración de mínimis.
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Si el resultado del proceso es un producto contemplado en el anexo I del tratado, la ayuda máxima será de un 50% de la inversión y 180.000,00€ por proyecto, no teniendo consideración de mínimis.
2. CREACIÓN Y DESARROLLO DE EMPRESAS Y ACTIVIDADES NO AGRÍCOLAS EN ZONAS RURALES
- Se podrá subvencionar hasta el 65% de la inversión auxiliable a proyectos cuyo importe de inversión total solicitada sea inferior a 300.000 euros, con un límite de importe máximo de ayuda procedente de la misma de 180.000,00 euros por proyecto, teniendo la consideración de mínimis.
Normativa y solicitud
Solicitudes
Las solicitudes y la documentación anexa serán presentadas en la sede de ADERCO, sita en C/ Rusia, 2 (Centro Integral de Desarrollo), 1ª planta en Olivenza.
Toda la documentación referente a la VII Convocatoria se puede obtener en la sede del grupo y en la página web: www.comarcadeolivenza.org
Más información, 924 492 803 y aderco@comarcadeolivenza.org.
Normativa aplicable
La Orden de 16 de enero de 2020 (DOE nº 16 de 24 de enero ) por la que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión para el periodo de programación de desarrollo rural 2014-2020, modificada por el Decreto Ley 8/2020 de 24 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para el mantenimiento y recuperación del empleo frente a la crisis ocasionada por el COVID-19; la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003; Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura; la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; y en las demás normas concordante en materia de subvenciones públicas.
GAL